Una mujer compró un apartamento con una plaza de aparcamiento. Cuando ya se había instalado, un día se encontró su coche rayado y una nota en la que le indicaban que estaba ocupando una plaza que era propiedad de otra persona y le instaban a no volver a aparcar allí. Cuando la mujer acudió a la inmobiliaria que le había mostrado el piso y la plaza, se enteró de que se había producido un error. En lugar de enseñarle la plaza 3 del bloque 6, que era la que se vendía, le mostraron el mismo número, pero del bloque 7. La plaza que compró era más pequeña que la que le habían enseñado y considera que fue víctima de un engaño, ya que, de haber visto la plaza real, no habría adquirido la vivienda.
La mujer llevó el caso a la Justicia y solicitaba que le devolvieran el dinero que la inmobiliaria cobró como comisión por la venta, así como los gastos notariales. Sin embargo, ni la Batllia ni el Tribunal Superior le han dado la razón. El motivo es que la inmobiliaria, que reconoce el error al mostrar la plaza de aparcamiento, fue contratada por la parte vendedora y no por la compradora. Por esta razón, no se puede exigir una compensación, ya que no existe ningún contrato entre ambas partes.